Rehabilitación de fachadas Barcelona, arquitecto Granollers, Contemporánea

01 Sep Arquitecto Granollers: estas son las diferencias entre certificación ITE e IEE   

Si a un inmueble llega una solicitud requiriendo el IEE o la ITE es importante actuar con celeridad. Son siglas que intimidan pero tu arquitecto Granollers te explica las diferencias entre estas certificaciones y cómo debes proceder a la hora de efectuarlas. Y es que, como destacábamos al principio, en caso de retraso en su cumplimiento, se estaría cometiendo una infracción en materia de urbanismo. Esos plazos vienen determinados por la regulación de cada comunidad autónoma. Pero vayamos paso a paso y empecemos por el principio.

Qué es la Inspección Técnica de Edificios o ITE

La ITE consiste en un peritaje preceptivo al que se someten los edificios que tengan más de 50 años y que evalúa la seguridad del inmueble. Debe hacerse de manera obligatoria cada diez años y su objetivo es el de garantizar el buen estado de la edificación, su conservación y la prolongación de su vida útil. Su incumplimiento puede traducirse en una sanción, así como en la ejecución forzosa de la ITE cuyos costes deberá asumir con posterioridad la propiedad.

Qué es el Informe de Evaluación de Edificios o IEE

El IEE es el documento que certifica el buen estado de conservación de un edificio así como el cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad y la eficiencia energética del mismo. Para ello, un técnico autorizado por la administración competente comprueba cuantos elementos y estructuras considere necesario.

Aunque los plazos varían en función de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos, los edificios residenciales de más de 50 años deben pasar el IEE, al menos, cada diez años. Igualmente, es necesario contar con este documento en caso de que se vaya a solicitar una ayuda o subvención para la conservación, la eficiencia energética o la accesibilidad del inmueble.

En qué se diferencian IEE e ITE

Aunque ambas certificaciones garantizan seguridad y conservación, el IEE también contempla otras cuestiones referentes a la accesibilidad así como el certificado energético de la vivienda. Este último resulta especialmente importante si estamos pensando en vender o alquilarla.

En este sentido, y con el fin de evitar duplicidades administrativas, si una edificación ya cuenta con la ITE pertinente, el certificado energético en vigor y conforme a lo que dicta la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, estas certificaciones se añadirán al informe del IEE completando los requerimientos que restan.

O, como explica nuestro arquitecto Granollers, si hace poco tiempo que el edificio superó la ITE convenientemente -esto implica que lo ha hecho garantizando no solo la seguridad, sino también la accesibilidad- y cuenta con un certificado energético en vigor, no habría que llevar a cabo un IEE. Así, e incorporando los documentos pertinentes relativos a accesibilidad, sostenibilidad y seguridad, la ITE cumpliría las mismas funciones que el IEE.

Como ves, aunque resultan relativamente similares, tanto ITE como IEE son certificaciones distintas pero con mucho en común. Si necesitas llevar a cabo alguno de estos procedimientos, podrás hacerlo en la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento en el que se encuentre tu inmueble. Y, claro, como siempre, recuerda que en Contemporánea te espera tu arquitecto Granollers para asesorarte y resolver todas las dudas que puedan surgir durante el proceso.



Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies